FQ & Asociados | Consultores y Abogados | Murcia

  • El Despacho
    • Quienes somos
    • Misión/Visión/Valores
    • Nuestro Estilo
  • Áreas de Trabajo
    • Derecho Mercantil
    • Registro de Marcas y Patentes
    • Protocolo Familiar
    • Derecho Bancario
    • Derecho Laboral
    • Derecho Civil
    • Derecho Tributario
    • Aduanas e Impuestos Especiales
    • Derecho Administrativo
    • Sistemas de Gestión (Normas ISO, UNE y Seguridad alimentaria)
    • Derecho del Medio Ambiente
    • Derecho Penal
    • Compliance
    • Accidentes de circulación
    • Negligencias Médicas
    • Derecho Internacional
    • Reclamaciones de cantidad e impagados
    • Indemnizaciones
    • Defectos de la construcción
    • Comunidades de Propietarios
    • Derecho inmobiliario
    • Derecho en la red
    • Derecho Marítimo
    • Derecho Deportivo
    • Procedimientos judiciales
  • Servicios
    • Igualas
    • Consultoría Estratégica
    • Auditorías
  • Protección Familiar
  • Formación
  • Prácticas Despacho
  • Socialmente Responsables
  • Blog
  • Contacto
  • Imágenes
  • Politica de Privacidad
  • Aviso Legal

¿MATRIMONIO O PAREJA DE HECHO?

Cada vez es más frecuente hacerse esta pregunta a la hora de oficializar una relación entre dos personas. La decisión que se tome es mucho más importante de lo que parece a simple vista, pues existen unos pros y unos contras que es conveniente conocer antes de tomar la decisión sobre casarnos o formar una pareja de hecho.

El Código Civil considera matrimonio a la unión estable de dos personas, requiere la tramitación de un expediente y posterior inscripción en el Registro Civil. Necesitan la presencia de testigos. Pueden contraer dicho vínculo cualquier persona mayor de 18 años o menor emancipado, que no esté en ese momento casado y  que no haya sido condenado por la muerte de un anterior cónyuge. Para las parejas de hecho no hay un ordenamiento jurídico armónico en todo el territorio de España. Los requisitos para constituir una pareja de hecho son mayores que los que se exigen para contraer matrimonio, ya que se debe de acreditar, mediante la firma de testigos, tener entre uno y dos años de convivencia previa.

Por lo que respecta al régimen económico que va a adoptar la pareja, con respecto  a los que se unen en matrimonio podrán elegir entre bienes gananciales o separación de bienes, sin embargo, para las parejas de hecho no existe tal posibilidad, por lo que tendrán establecer pactos entre los integrantes de la pareja.

Y en caso de conflicto  y disolución de la pareja, ¿es mejor haberse casado o no? Cuando hay hijos, las medidas que se adoptan son las mismas. En el caso del matrimonio se adoptan dentro del marco del proceso de divorcio mediante un convenio regulador; en el caso de la pareja de hecho, el convenio regulador puede establecerse en un juicio verbal si es de mutuo acuerdo.

Por lo que respecta a la pensión compensatoria, en el caso de estar casados es mucho más fácil y sencillo de conseguir, pues se solicita y sustancia en el propio proceso de divorcio. En el caso de las parejas de hecho tendrán que solicitar una reclamación de compensación económica en un procedimiento declarativo ordinario.

Por lo que respecta a la pensión de viudedad, estar en régimen de matrimonio tiene unas ventajas importantes, ya que en caso de fallecimiento de cualquiera de los cónyuges, el superviviente tendrá derecho a percibir dicha pensión con independencia de los ingresos y del tiempo que hayan estado casados. Sin embargo, en el caso de las parejas  de hecho es mucho más complicado acceder a la pensión de viudedad, ya que el cónyuge superviviente tendrá que acreditar por un lado, la inscripción como pareja de hecho con un mínimo de dos años con anterioridad al fallecimiento de su pareja y, por otro lado, deberá presentar una prueba de convivencia ininterrumpida de la menos cinco años con anterioridad a la muerte del fallecido, mediante la presentación del oportuno certificado de empadronamiento. Por último, indicar a este respecto que cada Comunidad Autónoma establece un límite de ingresos para el cónyuge superviviente, con lo que si los supera, no tendrá derecho a percibir la pensión de viudedad.

En lo que se refiere a la hora de heredar, el matrimonio tiene más ventajas que la pareja de hecho, por cuanto que en el caso de las personas que están casadas, el cónyuge superviviente adquiere de manera automática el derecho a heredar, incluso en el caso de no haber testamento. En el caso de las parejas de hecho, solo podrá heredara el superviviente si aparece especificado en el testamento hecho por el fallecido. En este caso, tendrá que respetar determinados derechos de los herederos forzosos y tampoco podrá ser beneficiario del usufructo del tercio de mejora, como si lo es el superviviente del matrimonio.

Para terminar indicar que la figura del matrimonio en España es mucho más garantista desde el punto de vista jurídico, gozando de una mayor regulación que las parejas de hecho.

Páginas

  • EMBARGO DE BIENES GANANCIALES POR DEUDAS DEL CÓNYUGE
  • ¿RESPONDE EL ADMINISTRADOR DE LAS DEUDAS DE LA SOCIEDAD?
  • INTERESA SABER PARA HACER LA DECLARACIÓN DE LA RENTA
  • ¿HA VENDIDO SU VIVIENDA POR MENOS PRECIO QUE LA COMPRÓ?
  • ¿MATRIMONIO O PAREJA DE HECHO?
  • Aduanas e Impuestos Especiales
  • Auditorías
  • Aviso Legal
  • AYUDAS DIRIGIDAS A LA INTERNACIONALIZACIÓN DE LAS EMPRESAS
  • AYUDAS ECONÓMICAS A LA INTERNACIONALIZACIÓN DE LAS EMPRESAS DE LA REGIÓN DE MURCIA
  • Bienvenidos
  • Blog
    • ABUSO DE LAS COMPAÑÍAS TELEFÓNICAS
    • EL PELIGRO DE LAS REDES SOCIALES
    • ELIMINAR LA CLÁUSULA SUELO DE LAS HIPOTECAS
    • LA FISCALIDAD EN LA SUCESIÓN DE LA EMPRESA FAMILIAR
    • LA JUSTICIA EUROPEA ANIMA A LAS RECLAMACIONES INDIVIDUALES DE LA CLÁUSULA SUELO.
    • LA SUCESIÓN EN LA EMPRESA FAMILIAR. EL PROTOCOLO.
    • NO OLVIDE A LA HORA DE HACER SU DECLARACIÓN DE LA RENTA……
  • Cheque Brexit
  • CHEQUE BREXIT AGRARIO
  • Cláusula de Protección de Datos de Carácter Personal
  • CLAUSULAS ABUSIVAS EN SU HIPOTECA
  • Compliance
  • DELITOS CONTRA EL HONOR
  • Derecho del Medio Ambiente
  • Derecho Marítimo
  • DEVOLUCIONES DE LA CLÁUSULA SUELO. EL BANCO NO ESTÁ OBLIGADO A AVISAR A LOS CLIENTES
  • DONAR LA CASA EN VIDA O DEJARLA EN HERENCIA
  • EL ACOSO TELEFÓNICO
  • EL CONTRATO DE HIPOTECA
  • EL TJUE OBLIGA A LOS BANCOS A DEVOLVER LO COBRADO POR LAS CLÁUSULAS SUELO
  • EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL SE PRONUNCIA SOBRE EL IMPUESTO DE «PLUSVALÍA»
  • EL TRIBUNAL SUPREMO OBLIGA A LOS BANCOS A PAGAR LOS IMPUESTOS DE LAS HIPOTECAS.
  • ES EL MOMENTO DE REDUCIR SU FACTURA FISCAL EN EL IRPF
  • Imágenes
  • INTERESES POR RETRASO EN EL PAGO DE MI HIPOTECA
  • LA IMPORTANCIA DE HACER TESTAMENTO
  • LA NECESIDAD DE CRECIMIENTO DE LAS PYMES A TRAVÉS DE LA INTERNACIONALIZACIÓN
  • LOS FICHEROS DE MOROSIDAD
  • Misión/Visión/Valores
  • MODELO DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE DELITOS
  • NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS
  • NOVEDADES DECLARACIÓN DE LA RENTA 2018
  • Nuestro Estilo
  • NUEVAS MODIFICACIONES EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES PARA LAS PYMES
  • PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS ¿PUEDEN RECLAMAR LA CLÁUSULA SUELO?
  • PLANIFIQUE A TIEMPO SU DECLARACIÓN DE LA RENTA
  • Politica de Privacidad
  • Prácticas
  • PRINCIPALES NOVEDADES DE LA LEY 9/2017, DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO
  • PRINCIPALES NOVEDADES EN LA NUEVA LEY DE AUTÓNOMOS
  • Protección Integral Familiar
  • Protocolo Familiar
  • RECLAMAR LA PLUSVALÍA MUNICIPAL
  • REFORMA DE LOS PLANES DE PENSIONES
  • Registro de Marcas y Patentes
  • REVISE LOS ESTATUTOS DE SU EMPRESA
  • Servicios
  • Sistemas de Gestión (Normas ISO, UNE y Seguridad alimentaria)
  • Socialmente Responsables
  • Quienes somos
  • Áreas de Trabajo
    • Accidentes de circulación
    • Comunidades de Propietarios
    • Defectos de la construcción
    • Derecho Administrativo
    • Derecho Bancario
    • Derecho Civil
    • Derecho Deportivo
    • Derecho en la red
    • Derecho inmobiliario
    • Derecho Internacional
    • Derecho Laboral
    • Derecho Mercantil
    • Derecho Penal
    • Derecho Tributario
    • Indemnizaciones
    • Negligencias Médicas
    • Procedimientos judiciales
    • Reclamaciones de cantidad e impagados
  • Consultoría Estratégica
  • Igualas
  • Contacto
  • Formación a Empresas

Archivos

  • abril 2022

Categoras

  • Uncategorized (1)

WordPress

  • Acceder
  • WordPress

Suscríbete

  • Entradas (RSS)
  • Comentarios

CyberChimps WordPress Themes

© FQ & Asociados | Aviso Legal